LEY Nº 3197

Prorrogando a partir del 1º de enero de 2020 y hasta el 31 de dicimbre de 2021 la vigencia de la Ley 2915 prorrogada por la Ley 3034, que declaró la emergencia sanitaria en la ciudad de Santa Rosa

 

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en B.O. Nº 3393 del 20-12-19.-

Promulgada el 13-12-19.-

Sancionada el 28-11-19.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

Artículo 1°: Prorrógase a partir del 1° de enero de 2020 y hasta el   31   de   diciembre   de   2021   la   vigencia   de   la   Ley   2915, prorrogada por la Ley 3034, que declaró la Emergencia Sanitaria en  la  ciudad  de  Santa  Rosa,  que  comprende  la  Emergencia  del Sistema   de   Agua   Potable,   Desagües   Cloacales,   Desagües Pluviales y Disposición de las Aguas de Lluvia y Freáticas, con el fin   de   actuar   inmediatamente   y   resguardar   la   salud   de   la población,  teniendo  como  objeto  principal  otorgar  celeridad  y ejecutividad  a  los  procedimientos  administrativos  necesarios para implementar las medidas pertinentes.

Nota del digesto: al respecto se sugiere ver la Ley N° 3577, y el Decreto Nº 4939-21.- que prorroga la Ley Nº 2915

 

 

 

 

Artículo 2°: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a prorrogar por  dos  (2)  años  más,  a  partir  del  vencimiento  del  plazo  de prórroga  establecido  en  el  artículo  anterior,  los  términos  de  la Ley 2915, prorrogada por la Ley  3034 y por la presente.

 

Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

 

DADA  en  la  Sala  de  Sesiones  de  la  Cámara  de  Diputados  de  la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil diecinueve.

 

REGISTRADA BAJO EL N° 3197

 

Dr. Mariano Alberto FERNÁNDEZ, Vicegobernador de La Pampa, Presidente  Cámara  de  Diputados  Provincia  de  La  Pampa -Dra. Varinia  Lis  MARÍN,  Secretaria  Legislativa,  Cámara  de  Diputados Provincia de La Pampa. 

 

EXPEDIENTE N° 16465/19

 

SANTA ROSA, 13DIC 2019

 

POR TANTO:

 

Téngase por LEY de la Provincia; Dése al Registro Oficial y al    Boletín    Oficial,    cúmplase,    comuníquese,    publíquese    y archívese.

 

DECRETO N° 337/19

Sergio  Raúl  ZILIOTTO, Gobernador  de  La  Pampa-Ing.  Juan Ramón GARAY, Ministro de Obras y Servicios Públicos.

 

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN: 13DIC 2019

 

Registrada  la  presente  Ley,  bajo  el  número  TRES  MIL  CIENTO NOVENTA Y SIETE(3197).José Alejandro VANINI, Secretario General de la Gobernación.